Reglamento 261/2004 Artículo 18: Indemnización por Denegación de Embarque

Valoración: 4.64 (46 votos)

El Reglamento 261/2004 de la Unión Europea es una herramienta fundamental para proteger los derechos de los pasajeros que viajan en avión. Este reglamento establece una serie de derechos y obligaciones para las aerolíneas, incluyendo la obligación de ofrecer compensación en caso de que se produzca un problema con el vuelo. El artículo 18 del reglamento se centra específicamente en la denegación de embarque y establece las condiciones para que el pasajero pueda recibir una indemnización por esta situación.

En este artículo, te explicaremos detalladamente el artículo 18 del Reglamento 261/2004, incluyendo las condiciones para recibir una indemnización, los montos que se pueden reclamar, los plazos para hacerlo y los pasos que debes seguir para reclamarla.

Índice
  1. Puntos Clave
  2. Denegación de Embarque: ¿Qué dice el Artículo 18?
    1. ¿Cuándo se aplica el Artículo 18?
    2. ¿Qué alternativas tengo si me deniegan el embarque?
    3. ¿Cuándo tengo derecho a una indemnización?
    4. ¿Cómo puedo reclamar la indemnización?
    5. ¿Qué pruebas debo presentar?
    6. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la indemnización?
  3. Excepciones al Artículo 18
    1. ¿Qué se considera una causa extraordinaria?
    2. ¿Qué debo hacer si la aerolínea alega que la denegación de embarque se debe a una causa extraordinaria?
  4. Video Recomendado: Reglamento 261/2004 Artículo 18: Indemnización por Denegación de Embarque
  5. Preguntas Frecuentes
    1. ¿Qué pasa si la aerolínea no me ofrece una alternativa de viaje?
    2. ¿Puedo reclamar la indemnización aunque haya aceptado un vuelo alternativo?
    3. ¿La indemnización se paga en dinero o en un cupón de viaje?
    4. ¿Cómo puedo contactar con un servicio de reclamación especializado?
    5. ¿Qué tipo de documentos necesito para reclamar la indemnización?
  6. Conclusión

Puntos Clave

  • Denegación de embarque: El artículo 18 del reglamento 261/2004 se aplica cuando una aerolínea te niega el embarque en un vuelo por el que ya has pagado.
  • Indemnización: La aerolínea debe pagarte una indemnización si la denegación de embarque no se debe a causas extraordinarias.
  • Opciones de elección: La aerolínea tiene la obligación de ofrecerte una alternativa de viaje, como un vuelo alternativo o un reembolso del billete.
  • Asistencia: La aerolínea debe ofrecerte asistencia, como comida, alojamiento y llamadas telefónicas, mientras esperas un vuelo alternativo.
  • Documentación: Es importante conservar todas las pruebas de la denegación de embarque, como el billete de avión y los correos electrónicos de la aerolínea.
  • Plazos: Hay un plazo de tiempo límite para presentar una reclamación por la denegación de embarque.
  • Excepciones: Existen algunas excepciones al artículo 18, como las causas extraordinarias o los casos de seguridad.
  • Reclamación: Se puede presentar la reclamación a la aerolínea directamente o con la ayuda de un servicio de reclamación especializado.

Denegación de Embarque: ¿Qué dice el Artículo 18?

El artículo 18 del Reglamento 261/2004 se aplica a todas las aerolíneas que operen vuelos dentro de la Unión Europea, desde aeropuertos de la UE o hacia un destino de la UE. Este artículo establece las condiciones bajo las cuales los pasajeros tienen derecho a una indemnización cuando se les niega el embarque en un vuelo.

¿Cuándo se aplica el Artículo 18?

El artículo 18 se aplica cuando una aerolínea te niega el embarque en un vuelo por el que ya has pagado y esto no se debe a una causa extraordinaria. Es importante destacar que las causas extraordinarias se definen como eventos que la aerolínea no puede prever o controlar, como un problema técnico en el avión, un mal tiempo o un cierre de espacio aéreo.

¿Qué alternativas tengo si me deniegan el embarque?

Si la aerolínea te niega el embarque en un vuelo, tiene la obligación de ofrecerte una alternativa de viaje. Puedes elegir entre:

  • Un vuelo alternativo: La aerolínea debe ofrecerte un vuelo alternativo a tu destino final lo antes posible, sin ningún coste adicional.
  • Un reembolso del billete: Puedes solicitar un reembolso completo del billete de avión.
  • Un vuelo alternativo más tarde: Si te ofrecen un vuelo alternativo más tarde, la aerolínea también debe ofrecerte asistencia, como comida, alojamiento y llamadas telefónicas, hasta que puedas tomar el vuelo alternativo.

¿Cuándo tengo derecho a una indemnización?

Si te niegan el embarque en un vuelo por una causa que no sea extraordinaria, tienes derecho a una indemnización. La cantidad de la indemnización dependerá de la distancia del vuelo:

  • Vuelo de menos de 1.500 km: 250 euros
  • Vuelo de entre 1.500 km y 3.500 km: 400 euros
  • Vuelo de más de 3.500 km: 600 euros

¿Cómo puedo reclamar la indemnización?

Puedes presentar la reclamación a la aerolínea directamente, por escrito o por correo electrónico. También puedes utilizar un servicio de reclamación especializado, que te ayudará a gestionar el proceso de reclamación y a obtener la indemnización que te corresponde.

¿Qué pruebas debo presentar?

Para reclamar la indemnización, es importante que puedas demostrar que se te negó el embarque en un vuelo. Conserva todas las pruebas de la denegación de embarque, como:

  • El billete de avión: Es importante guardar el billete de avión original.
  • El correo electrónico de confirmación de la reserva: Guarda los correos electrónicos de la aerolínea con la confirmación de tu reserva.
  • El correo electrónico o la carta de la aerolínea informando de la denegación de embarque: Es importante que esta documentación incluya la razón de la denegación de embarque.
  • Las facturas de los gastos que has incurrido como consecuencia de la denegación de embarque: Si has tenido que pagar por un hotel, comida o llamadas telefónicas, conserva las facturas.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la indemnización?

Tienes dos años a partir de la fecha de la denegación de embarque para reclamar la indemnización.

Excepciones al Artículo 18

Si la denegación de embarque se debe a una causa extraordinaria, como un problema técnico en el avión, un mal tiempo o un cierre de espacio aéreo, la aerolínea no tiene la obligación de pagarte una indemnización.

¿Qué se considera una causa extraordinaria?

Las causas extraordinarias se definen como eventos que la aerolínea no puede prever o controlar. Estos eventos pueden incluir:

  • Problemas técnicos en el avión: Una avería del avión puede provocar una denegación de embarque.
  • Mal tiempo: Condiciones climáticas extremas, como una tormenta de nieve o un huracán, pueden provocar la cancelación de un vuelo.
  • Cierre de espacio aéreo: El cierre de espacio aéreo por motivos de seguridad nacional o por un problema con el control aéreo puede provocar la cancelación de un vuelo.
  • Huelgas: Las huelgas de los empleados de la aerolínea pueden provocar la cancelación de un vuelo.
  • Eventos de seguridad: Un incidente de seguridad en el aeropuerto puede provocar la cancelación de un vuelo.

¿Qué debo hacer si la aerolínea alega que la denegación de embarque se debe a una causa extraordinaria?

Si la aerolínea alega que la denegación de embarque se debe a una causa extraordinaria, puedes consultar con un servicio de reclamación especializado para verificar si la razón es válida. Es importante que tengas todas las pruebas de la denegación de embarque para poder presentar una reclamación.

Video Recomendado: Reglamento 261/2004 Artículo 18: Indemnización por Denegación de Embarque

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa si la aerolínea no me ofrece una alternativa de viaje?

Si la aerolínea no te ofrece una alternativa de viaje, tienes derecho a un reembolso completo del billete de avión, además de la indemnización por la denegación de embarque.

¿Puedo reclamar la indemnización aunque haya aceptado un vuelo alternativo?

Sí, puedes reclamar la indemnización aunque hayas aceptado un vuelo alternativo.

¿La indemnización se paga en dinero o en un cupón de viaje?

La indemnización se paga en dinero, no en un cupón de viaje.

¿Cómo puedo contactar con un servicio de reclamación especializado?

Puedes encontrar un servicio de reclamación especializado en línea, buscando en Google o en las redes sociales.

¿Qué tipo de documentos necesito para reclamar la indemnización?

Debes presentar el billete de avión original, la confirmación de la reserva, el correo electrónico o la carta de la aerolínea informando de la denegación de embarque y las facturas de los gastos que has incurrido como consecuencia de la denegación de embarque.

Conclusión

El artículo 18 del Reglamento 261/2004 te protege de las denegaciones de embarque injustas. Si te niegan el embarque en un vuelo por una causa que no sea extraordinaria, tienes derecho a una indemnización, a un vuelo alternativo o a un reembolso del billete. Es importante que conserves todas las pruebas de la denegación de embarque y que presentes una reclamación dentro del plazo establecido. Si tienes dudas sobre tus derechos, no dudes en consultar con un servicio de reclamación especializado.

Recuerda que tus derechos como pasajero están protegidos por el Reglamento 261/2004. ¡No te dejes engañar y reclama lo que te corresponde!

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Reglamento 261/2004 Artículo 18: Indemnización por Denegación de Embarque puedes visitar la categoría Leyes.

También te puede interesar:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Tu puntuación: Útil

Subir