Reglamento 261/2004 Artículo 9: Derecho a Atención y Asistencia para Pasajeros Afectados por Cancelaciones o Retrasos

Valoración: 4.63 (74 votos)

El Reglamento 261/2004 establece una serie de derechos para los pasajeros afectados por cancelaciones o retrasos de vuelos dentro de la Unión Europea. En este contexto, el artículo 9 se centra en el derecho a atención y asistencia que deben recibir los viajeros en estas situaciones.

En el siguiente artículo, analizaremos en profundidad el artículo 9 del Reglamento 261/2004 para que comprendas tus derechos y cómo puedes hacerlos valer en caso de que te veas afectado por la cancelación o el retraso de un vuelo.

Índice
  1. Puntos Clave
  2. Derechos del Pasajero
    1. Derecho a Comida y Bebida
    2. Derecho a Alojamiento
    3. Derecho a Transporte
    4. Derecho a Comunicación
    5. Necesidades Especiales
  3. Cómo Hacer Valer tus Derechos
  4. Video Recomendado: Reglamento 261/2004 Artículo 9: Derecho a Atención y Asistencia para Pasajeros Afectados por Cancelaciones o Retrasos
  5. Preguntas Frecuentes
    1. ¿Qué pasa si el retraso del vuelo es menor a tres horas?
    2. ¿Qué pasa si la aerolínea no ofrece el servicio de alojamiento?
    3. ¿Qué pasa si la aerolínea no ofrece comida y bebida gratuita?
    4. ¿Qué pasa si la aerolínea no me deja utilizar el teléfono?
    5. ¿Qué pasa si la aerolínea no me proporciona transporte al hotel?
  6. Conclusión

Puntos Clave

  • Derecho a atención y asistencia gratuita: El artículo 9 establece que el transportista aéreo debe proporcionar atención y asistencia gratuita a los pasajeros afectados por cancelaciones o retrasos de vuelos.
  • Comida y bebidas: El transportista debe proporcionar comidas y bebidas suficientes para el tiempo de espera del pasajero.
  • Alojamiento: Si el pasajero debe pernoctar o extender su estancia debido a la cancelación o retraso del vuelo, el transportista debe ofrecerle alojamiento gratuito en un hotel.
  • Transporte: El transportista debe hacerse cargo del transporte del pasajero entre el aeropuerto y el hotel.
  • Comunicación: El artículo 9 también contempla dos llamadas telefónicas, mensajes o correos electrónicos gratuitos para que el pasajero pueda informar a sus familiares o compañeros de trabajo de su situación.
  • Necesidades especiales: Se debe prestar atención especial a las necesidades de personas con movilidad reducida y sus acompañantes, así como a los menores no acompañados.
  • Duración del derecho: Este derecho a la atención y asistencia se mantiene mientras dure la cancelación o el retraso.
  • Información y acceso a la atención: El transportista debe informar al pasajero sobre sus derechos y la forma en que se puede acceder a la asistencia.
  • Reclamación: Si el transportista no proporciona la atención y asistencia que corresponde, el pasajero puede reclamar los costes a través de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
  • Información adicional: Puedes obtener más información sobre el artículo 9 del Reglamento 261/2004 en la página web de la AESA o de la Comisión Europea.

Derechos del Pasajero

Derecho a Comida y Bebida

El artículo 9 del Reglamento 261/2004 garantiza que el transportista debe proporcionar comidas y bebidas gratuitas a los pasajeros afectados por una cancelación o retraso. La cantidad y calidad de las comidas y bebidas deben ser proporcionales al tiempo de espera.

Por ejemplo, si el retraso es de dos horas, el transportista debe ofrecer al pasajero una comida ligera, como un sándwich o un bocadillo. Si el retraso es de cinco horas, el transportista debe ofrecer una comida completa, como un menú de restaurante o un plato caliente.

Derecho a Alojamiento

En caso de que el pasajero deba pernoctar o extender su estancia debido a la cancelación o retraso del vuelo, el artículo 9 establece que el transportista debe proporcionarle alojamiento gratuito en un hotel. El hotel debe estar ubicado cerca del aeropuerto y el transporte entre el aeropuerto y el hotel debe ser proporcionado por el transportista.

Además, el transportista debe proporcionarle al pasajero acceso a un teléfono y a internet.

Derecho a Transporte

El artículo 9 también contempla el derecho a transporte gratuito entre el aeropuerto y el hotel, en caso de que el pasajero deba pernoctar. El transportista debe organizar el transporte y asegurarse de que el pasajero llegue al hotel de forma segura.

Derecho a Comunicación

El artículo 9 del Reglamento 261/2004 garantiza que el pasajero tenga derecho a dos llamadas telefónicas, mensajes o correos electrónicos gratuitos para que pueda contactar con sus seres queridos y compañeros de trabajo.

Necesidades Especiales

El artículo 9 establece que se debe prestar atención especial a las necesidades de las personas con movilidad reducida y sus acompañantes, así como a los menores no acompañados.

El transportista debe asegurarse de que estos pasajeros reciban la atención y asistencia que necesitan, y de que sus necesidades se cumplan durante el retraso o la cancelación.

Cómo Hacer Valer tus Derechos

Si tu vuelo se cancela o se retrasa, es importante que tengas conocimiento de tus derechos y sepas cómo hacerlos valer.

Aquí te damos algunos consejos:

  1. Informa al personal de la aerolínea: Lo primero que debes hacer es informarle a la aerolínea sobre la cancelación o el retraso del vuelo y solicitar la atención y asistencia que te corresponde.
  2. Reúne la documentación: Guarda los tickets de compra del vuelo, el itinerario del vuelo y cualquier otro documento que pueda servir como prueba de la cancelación o el retraso.
  3. Contacta con la AESA: Si la aerolínea no te proporciona la atención y asistencia que te corresponde, puedes presentar una reclamación ante la AESA. La AESA es el organismo que se encarga de velar por los derechos de los pasajeros en España.
  4. Guarda pruebas: Conserva todas las pruebas de la atención y asistencia que te haya proporcionado la aerolínea, como tickets de hotel, facturas de comidas o comunicaciones.
  5. Busca asesoramiento legal: Si no estás seguro de tus derechos o de cómo hacer valer tus reclamaciones, es recomendable que contactes con un abogado especializado en derecho aéreo.

Video Recomendado: Reglamento 261/2004 Artículo 9: Derecho a Atención y Asistencia para Pasajeros Afectados por Cancelaciones o Retrasos

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa si el retraso del vuelo es menor a tres horas?

En este caso, el artículo 9 del reglamento no se aplica. La aerolínea no está obligada a proporcionar atención y asistencia si el retraso es inferior a tres horas.

¿Qué pasa si la aerolínea no ofrece el servicio de alojamiento?

Si la aerolínea no te ofrece alojamiento gratuito, puedes buscar alojamiento por tu cuenta y reclamar el coste a la aerolínea más tarde.

Guarda todas las facturas y documentos que acrediten el gasto.

¿Qué pasa si la aerolínea no ofrece comida y bebida gratuita?

En este caso, puedes adquirir alimentos y bebidas por tu cuenta y reclamar el coste a la aerolínea.

Guarda todos los tickets y documentos que acrediten el gasto.

¿Qué pasa si la aerolínea no me deja utilizar el teléfono?

Si la aerolínea no te permite utilizar el teléfono, puedes reclamar este derecho ante la AESA.

¿Qué pasa si la aerolínea no me proporciona transporte al hotel?

Si la aerolínea no te proporciona transporte al hotel, puedes buscar transporte por tu cuenta y reclamar el coste a la aerolínea más tarde.

Guarda todas las facturas y documentos que acrediten el gasto.

Conclusión

El artículo 9 del Reglamento 261/2004 establece un conjunto de derechos para los pasajeros afectados por cancelaciones o retrasos de vuelos. Estos derechos incluyen la asistencia gratuita con comida, bebida, alojamiento y transporte, así como dos llamadas telefónicas, mensajes o correos electrónicos gratuitos.

Es importante que los pasajeros afectados por cancelaciones o retrasos estén informados de sus derechos y sepan cómo hacerlos valer, ya que la aerolínea está obligada a brindarles la atención y asistencia que necesitan.

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Reglamento 261/2004 Artículo 9: Derecho a Atención y Asistencia para Pasajeros Afectados por Cancelaciones o Retrasos puedes visitar la categoría Leyes.

También te puede interesar:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Tu puntuación: Útil

Subir